Funciones de la OAI

OAI (Oficina de Acceso a la Información Pública)

Con el objetivo de transparentar todas las acciones y procedimientos en cuanto a la rendición de cuentas, El Programa de Promoción y apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME), pone a disposición de los ciudadanos la Oficina de Libre Acceso a la Información pública (OAI), para dar cumplimiento a la “Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública” y al Decreto 130-05 que aprueba su reglamento de aplicación. Las OAI fueron creadas con el objetivo de brindar a la ciudadanía las informaciones solicitadas de carácter público. Esto así con el fin de hacer transparente la administración pública.

Responsable de Acceso a la Información (RAI)

El responsable de Acceso a la Información (RAI), es el responsable de tramitar y facilitar las informaciones solicitadas por la ciudadanía.

Funciones de la Oficina de Acceso a la Información

  • Poner a disposición de la ciudadanía, tanto en Internet como en un lugar visible en sus instalaciones, un listado de los principales derechos, que en materia de acceso a la información, asisten al ciudadano.

  • Auxiliar en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientar a los solicitantes respecto de otros organismos, instituciones o entidades que pudieran tener la información que solicitan.

  • Realizar los trámites necesarios dentro de su organismo, institución o entidad, para entregar la información solicitada.

  • Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.

  • Efectuar las notificaciones a los solicitantes, dígase, si es posible o no suministrar la información solicitada. Esto así, ya que la ley establece ciertas reservas de información en sus artículos 17 y 18.

  • Proponer los procedimientos internos que pudieran asegurar una mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de información.

  • Llevar un archivo de las solicitudes de acceso a la información, sus antecedentes, tramitación, resultados.

  • Elaborar estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información.

  • Elaborar, actualizar y poner a disposición de la ciudadanía un índice que contenga la información bajo su resguardo y administración.

  • Realizar las correspondientes negaciones de informaciones, en caso de solicitarse un documento que contenga información reservada. Las negaciones de informaciones se harán bajo el amparo de los artículos 17 y 18 contenidos en la ley 200-04 de libre acceso a la información pública.

  • Realizar las demás tareas necesarias, que aseguren el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información, la mayor eficiencia en su misión y la mejor comunicación entre el organismo, institución o entidad y los particulares.

 

 

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